Se le otorgará a aquellos/as profesionales prestadores/as que se encuentren afectados por una incapacidad temporaria, que impida totalmente el ejercicio profesional en todas sus formas, en un lapso mínimo de 30 días.
Para solicitarlo deberán contar con más de 1 año de antigüedad en la red y presentar un formulario para incapacidad temporaria y un certificado médico.
Al ser otorgado se abona en cuotas mensuales cuyo importe corresponde al promedio de los últimos 12 meses de facturación. Cabe aclarar que cubre hasta un máximo de 12 meses por patología.
De persistir la incapacidad sobre el período mínimo de 30 días, las sucesivas cuotas serán abonadas previa presentación mensual del certificado médico e historia clínica que acredite su efectiva continuidad en los mismos plazos y condiciones a las indicadas anteriormente.
Formulario disponible aquí.
Consultas al (0221) 461-6729 ó al (0221) 427- 3005/06 o escribiendo a secretaria@aoberisso.com.ar.
Se le otorgará a aquellos/as profesionales prestadores/as que decidan casarse.
El/la solicitante deberá tener 1 año de antigüedad en la red y presentar el certificado de matrimonio.
Consultas al (0221) 461-6729 ó al (0221) 427- 3005/06 o escribiendo a secretaria@aoberisso.com.ar.
Se les otorgará a aquellas madres prestadoras que se encuentran en el período de pre-parto y pos-parto.
Las solicitantes deberán tener 1 año de antigüedad en la red y presentar un certificado médico con la fecha estimada de parto más la solicitud que está a disposición aquí. Es necesario aclarar que, de no cumplimentarse este requisito, se perderá el derecho al cobro de este subsidio.
Se deja expresa constancia que, dada la superposición de requisitos documentales exigidos para el subsidio por nacimiento y licencia de maternidad, su presentación en uno de los trámites, exime de la presentación de dicha documentación en el otro trámite.
Formulario disponible aquí.
Consultas al (0221) 461-6729 ó al (0221) 427- 3005/06 o escribiendo a secretaria@aoberisso.com.ar.
Se le otorgará a la o las personas que el/la profesional en vida haya destinado.
También existe uno para aquellos/as profesionales cuyo cónyuge haya fallecido.
Socio/a el 100% para el cónyuge 50%.
Formulario disponible aquí.
Consultas al (0221) 461-6729 ó al (0221) 427- 3005/06 o escribiendo a secretaria@aoberisso.com.ar.